Ensayo sobre los derechos Civiles y Politicos
Ensayo sobre los derechos civiles y políticos y que sucede con estos cuando se declara un Estado de Excepción, según los artículos 262 al 266 de la constitución Dominicana.
Derechos
Civiles y Políticos
Los Derechos Civiles y Políticos son aquellos derechos
que protegen las libertades individuales
de cada persona y garantizan la
capacidad del ciudadano para participar en la vida civil y política en
condiciones de igualdad y sin discriminación.
Derechos
Civiles
-Derecho a la vida a la integridad física y mental,
derecho a la moral al honor.
-Derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y
religión, así como la opinión y expresión.
-Derecho a la igualdad y la protección contra la
discriminación originada en cualquier condición personal o social
Derechos
Políticos
-Derecho a elegir y ser elegido, y a participar en los
asuntos públicos.
-Derecho al voto (activo y pasivo) en las elecciones
generales.
-Derecho a expresarse libremente sobre temas públicos y
políticos.
La Constitución Dominicana establece tres Estados de Excepción:
Estado de Defensa, Estado de conmoción interior y Estado de Emergencia, este último
aprobado recientemente por el Poder Ejecutivo, a propósito de la propagación
del virus.
Ya que se consideran Estados de Excepción aquellas
situaciones que afectan gravemente la seguridad de la nación, de las
instituciones públicas y de las personas como es el caso de Covid-19.
Para proclamarse un Estado de Defensa según el artículo
7, se pondrá en caso de que la soberanía nacional o la integridad nacional se
vean en peligro grave e inminente por agresiones externas.
Sin embargo durante el Estado de Defensa hay derechos del
ciudadano que no son suspendibles como por ejemplo algunos de los que mencionaremos a
continuación:
1) El derecho a la vida, según las disposiciones del artículo 37;
2) El derecho a la integridad personal, según las
disposiciones del artículo 42;
3) La libertad de conciencia y de cultos, según las
disposiciones del artículo 45;
4) La protección a la familia, según las disposiciones
del articulo 55;
5) El derecho al nombre, según las disposiciones del
artículo 55, numeral 7;
Y demás:
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